El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó formalmente a las empresas a pagar los salarios de sus empleados en dólares.
A través de esta medida, las entidades financieras deberán ofrecer cuentas sueldo en moneda extranjera que dispongan de los mismos beneficios y servicios gratuitos que las tradicionales cuentas en pesos.
La medida alcanza tanto a los trabajadores en relación de dependencia regulados por el Régimen de Contrato de Trabajo como a aquellos trabajadores exceptuados de dicha legislación.
Gratuidad y operatividad del servicio
La medida fue oficializada mediante la Comunicación “A” 8460 del BCRA. El documento dispuso la incorporación del dólar estadounidense como moneda válida para las cajas de ahorro destinadas al cobro de haberes.

Los puntos clave sobre el funcionamiento de estas cuentas incluyen:
Cero costo de mantenimiento: La apertura, el mantenimiento, las transferencias y las extracciones no tendrán ningún tipo de cargo o comisión para el empleado.
Acumulación sin límites: La gratuidad cubre la totalidad de los fondos acreditados por la relación laboral. El trabajador podrá mantener sus dólares en la cuenta de forma indefinida sin penalidades económicas.
Retiro de efectivo: Los bancos están obligados a garantizar los depósitos y las extracciones de billetes físicos en la sucursal de origen de la cuenta. En tanto, el retiro en otras sedes, cajeros automáticos o terminales de autoservicio quedará sujeto a la disponibilidad operativa de numerario que posea la entidad en ese momento.
