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En la salud y no en la enfermedad: Qué dice el polémico artículo 44 de la reforma laboral

La presidenta del bloque oficialista en el Senado, Patricia Bullrich, admitió que el Gobierno cometió un error en la redacción del artículo y aseguró que se modificará, pero todo está en veremos.

Redacción  Gente de Salta
por Redacción Gente de Salta 17 Febrero de 2026
17 Febrero de 2026
Trabajo
Trabajo .

El horizonte laboral se oscurece para aquellos empleados que enfrenten enfermedades o accidentes fuera del ámbito profesional. 

La reforma laboral, recientemente aprobada por el Senado, introduce un cambio que podría impactar significativamente sus ingresos: de no mediar modificaciones al artículo 44, percibirán solo el 50 por ciento de sus haberes durante el período de ausencia.

La controversia se centra en la falta de contemplación de enfermedades graves., como el caso de un paciente oncológico, cuyas licencias, marcadas por tratamientos extensos y cirugías, podrían extenderse considerablemente. 

Esta situación generó alarma y la necesidad de una revisión urgente.

Ante la creciente preocupación, el Gobierno evalúa una modificación que permitiría mantener la licencia con goce de sueldo. Sin embargo, esta excepción estaría sujeta a una condición crucial: la presentación de una “corroboración concreta y fehaciente”, como remarcó la senadora oficialista Patricia Bullrich, buscando garantizar la transparencia y evitar posibles abusos.

El corazón del debate: ¿Qué establece el artículo 44?


El artículo 44 de la ley, sancionada en el Senado, define un nuevo esquema de compensación en casos de accidentes o enfermedades no laborales. Si la dolencia impide al trabajador cumplir con sus obligaciones contractuales, tendrá derecho a percibir el 50% de su remuneración.

Este porcentaje se aplicará cuando la “imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante tres meses o de 6 meses si tuviera familiar a cargo”. Una medida que supuestamente, busca equilibrar los derechos del trabajador con la responsabilidad individual.

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En un giro, el artículo contempla un aumento al 75% si la enfermedad es consecuencia de un imprevisto, como un accidente doméstico o una neumonía. Esta licencia, con un mayor porcentaje de goce de sueldo, se extenderá por un período de seis meses.

Un punto importante a destacar es el tratamiento de las enfermedades crónicas. La ley establece que la reaparición de estas afecciones no se considerará una enfermedad nueva, a menos que se manifieste después de dos años de inactividad.

El rol crucial de los certificados médicos

La nueva normativa también introduce cambios en la presentación de certificados médicos. Los trabajadores deberán presentar documentos "firmados digitalmente" por un médico, que incluyan "diagnóstico, tratamiento y días de reposo". No obstante, el empleador conserva el derecho de enviar a un médico propio para evaluar la situación y, en caso de discrepancia, solicitar una junta médica a instituciones reconocidas.

El PRO se desmarca

El diputado nacional Martín Yeza (PRO) afirmó que el proyecto de reforma laboral es “un avance fenomenal” para la Argentina, pero cuestionó el artículo sobre licencia por enfermedad, que reduce los salarios entre un 15% y un 50%, a la vez que anticipó que “así como está redactado” no lo acompañarían.

“El tema de las enfermedades se incorporó en la medianoche del propio tratamiento (en el Senado) y creo que nadie supo decir muy bien por qué lo hicieron, nadie entiende bien por qué lo incorporaron”, sostuvo Yeza en declaraciones a Radio Rivadavia.

El legislador y ex intendente de Pinamar opinó que la propia senadora del oficialismo Patricia Bullrich reconoció que, “si tiene que volver al Senado, tendrá que volver” y  puntualizó: “Nosotros ese artículo así no lo acompañaríamos, porque hasta quedó mal redactado”.

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