El cierre del año trae una actualización clave en la jubilación mínima de ANSES, definida a partir de la variación de precios informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para octubre. El organismo dispuso un reajuste de 2,34% sobre las jubilaciones y pensiones para diciembre de 2025. Esta suba responde a los valores verificados por el registro de Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al décimo mes del año. A dicha actualización se suman el pago del bono extraordinario y la segunda cuota del aguinaldo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es el ente encargado de distribuir mensualmente los haberes previsionales a jubilados y pensionados en toda la Argentina. En diciembre, sus beneficiarios reciben un incremento directo relacionado con la inflación más una suma adicional que busca mitigar el impacto económico en algunos grupos, tal como detallan las publicaciones recientes de la prensa especializada argentina.
Montos para jubilados y pensionados en diciembre 2025
Los valores integrales que ANSES confirmó para diciembre, incluyendo los conceptos de haber, bono extraordinario y aguinaldo, son los siguientes:
- Jubilación mínima: $340.879,59 + bono de $70.000 + aguinaldo = $581.319,38
- Jubilación máxima: $2.293.796,92 + aguinaldo = $3.440.695,38
- Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $272.703,67 + bono de $70.000 + aguinaldo = $479.055,5
- Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez o vejez: $238.615,71 + bono de $70.000 + aguinaldo = $427.923,56
Las personas que acceden a la jubilación mínima pueden reunir $581.319,38 si cumple con los requisitos del bono extraordinario; en el caso máximo, el monto llega a $3.440.695,38, suma que además contempla el aguinaldo. Los titulares de PUAM y PNC también reciben el bono, siempre que su haber no supere el monto mínimo fijado para el extra. Estos valores surgen del último calendario oficial publicado por el organismo y se reflejan en reportes de medios económicos nacionales.
El pago de la segunda cuota del aguinaldo se realiza de manera simultánea con los haberes de diciembre, en la misma fecha de cobro que la prestación principal. Las publicaciones periodísticas remarcan que este calendario depende estrictamente de la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y se extiende durante todo el mes. Este sistema garantiza una distribución escalonada para evitar la congestión en las sucursales bancarias.
El bono extraordinario de $70.000 también forma parte de la estructura de pagos que rige en diciembre, según las comunicaciones oficiales difundidas por ANSES y replicadas por medios especializados. Este bono busca reforzar el monto final percibido por quienes reciben la jubilación mínima, titulares de PUAM y pensiones no contributivas. Cuando el beneficiario tiene un haber superior al mínimo, ANSES otorga el bono de modo proporcional, de manera que el total abonado, sumando todos los conceptos, no supere un tope establecido de $410.879,59.
Por otra parte, la resolución recuerda que el régimen de asignaciones familiares comprende a trabajadores de los sectores público y privado, titulares del sistema de riesgos del trabajo, beneficiarios del SIPA, monotributistas, desempleados, personas con pensiones no contributivas por invalidez, titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y perceptores de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo. La medida deja afuera de esta actualización a la Ayuda Escolar Anual, que se ajusta una vez por año en marzo, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 63/2025.
Los nuevos valores se configuran según categoría de beneficiario y zona geográfica. En el caso de los jubilados que reciben asignaciones familiares, el valor actualizado por hijo queda fijado en $61.252 para los ingresos más bajos, mientras que la asignación por hijo con discapacidad parte de $199.434, con variaciones según tramo de ingresos y localidad. En tanto, la ayuda escolar anual se mantiene en $42.039, aunque en zonas diferenciales asciende a montos superiores.
Entre los trabajadores registrados, la asignación por hijo se establece en $61.252 en el tramo inicial y desciende en forma progresiva hasta $12.892 para los niveles superiores del tope de ingresos. Las zonas con adicionales específicos elevan esos montos hasta los $132.075. La asignación por hijo con discapacidad presenta un rango de entre $199.434 y $398.364, según la zona y el nivel de ingresos del grupo familiar. Para la Ayuda Escolar Anual se mantiene un valor base de $42.039, que crece en áreas con diferenciales regionales.

Los perceptores del seguro de desempleo reciben montos equivalentes a los establecidos para los trabajadores en relación de dependencia. La asignación por hijo se sitúa en $61.252 en el primer tramo y disminuye a $12.892 en los niveles superiores. La asignación por hijo con discapacidad se ubica entre $199.434 y $89.043, según el rango de ingresos.
En el caso de los veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, la mayoría de los conceptos no tiene límite de ingresos. La asignación por hijo se ubica en $61.252, mientras que la asignación por hijo con discapacidad asciende a $199.434, con incrementos en zonas diferenciales que elevan la ayuda escolar hasta $56.075.
Los titulares de asignaciones universales también forman parte del esquema actualizado. La Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo quedan en $122.492 en la zona general. La AUH por discapacidad asciende a $398.853, mientras que en áreas diferenciales alcanza $518.509. La ayuda escolar anual se mantiene en $42.039 y se replica para su versión por hijo con discapacidad.
Los trabajadores monotributistas mantienen una estructura de montos equivalente a la del régimen general: $61.252 en el tramo inicial para la asignación por hijo y $12.892 en los niveles superiores. La asignación por hijo con discapacidad se fija en $199.434, mientras que la ayuda escolar anual continúa en $42.039, sin modificaciones por la movilidad mensual.
Por su parte, los trabajadores temporarios o de trabajo permanente discontinuo reciben montos especiales debido al régimen laboral aplicado. En este caso, la asignación por hijo queda unificada en $122.492 en casi todos los tramos y zonas del país. La asignación por hijo con discapacidad asciende a $398.853, mientras que la ayuda escolar anual parte de $42.039, con variaciones según la región.
La resolución incorpora además un cambio relevante en materia de ingresos. Se establece que, si alguno de los integrantes del grupo familiar supera los $2.511.024, el hogar queda excluido del cobro de asignaciones, incluso cuando la suma total de ingresos no sobrepase el límite general previsto en los anexos.
La normativa cierra instruyendo su publicación y remisión al Registro Oficial, de modo que los valores entren en vigencia para todos los hechos generadores ocurridos a partir de diciembre y se integren al esquema de movilidad mensual que rige para el sistema de prestaciones administrado por el Gobierno.
