Bajo el título de “Más inclusión, Menos impuestos”, el Concejo Deliberante de la ciudad de Salta aprobó una ordenanza que crea un sistema de beneficios tributarios para empresas y comercios que incorporen personas con discapacidad en puestos de trabajo registrados.
La medida apunta a incentivar la contratación formal en el sector privado y plantea un esquema de compensaciones impositivas para quienes acrediten altas laborales en regla.
La iniciativa y la estructura del proyecto surgió de un trabajo de la Comisión de Discapacidad a lo largo del año, con participación de organizaciones de la sociedad civil, representantes del sector privado y áreas del Ejecutivo municipal.
“Ocho de cada diez personas con discapacidad que cuentan con Certificado Único de Discapacidad nunca tuvieron empleo o no lo tienen actualmente”, mencionaron durante el debate y adjudicaron el dato a la Fundación Por Igual Más.
La norma incorpora definiciones precisas basadas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y exige la presentación del Certificado Único de Discapacidad vigente para acceder al régimen. Está dirigida exclusivamente al sector privado y busca favorecer contrataciones estables y formales dentro del ámbito de la ciudad.
Cómo funcionan los beneficios tributarios
El régimen permite imputar hasta 50% de la remuneración nominal del trabajador contratado como pago a cuenta de tributos municipales, siempre vinculados al local donde se desarrolla la actividad económica. Los impuestos alcanzados son:
- Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene
- Tasa sobre Publicidad y Propaganda
- Tasa General de Inmuebles
- Impuesto Inmobiliario
- Impuesto a la Radicación de Automotores cuando el vehículo esté afectado a la actividad laboral
La compensación no puede generar saldos a favor ni superar el monto total de los tributos del período. La autoridad fiscal decidirá en cada caso la procedencia y el monto autorizado.
Cómo acceder al beneficio
Para solicitar la adhesión al régimen, las empresas o personas contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Habilitación comercial vigente
- Libre deuda o plan de pagos regular
- Constancia de alta del trabajador en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- Certificado Único de Discapacidad vigente
- Compromiso firmado de mantener la relación laboral conforme a la Ley de Contrato de Trabajo
El incumplimiento injustificado del compromiso laboral implicará la revocación del beneficio y la devolución de los montos compensados con los intereses correspondientes.
La ordenanza establece que el departamento ejecutivo municipal deberá designar la autoridad de aplicación, responsable de fiscalizar los requisitos, evaluar la documentación presentada y acompañar los procesos de inserción laboral. También deberá dictar la reglamentación general y garantizar la difusión del régimen, con espacios de asesoramiento para empleadores interesados.
Si bien en distintos niveles del Estado existen incentivos fiscales para la contratación de personas con discapacidad, este es el primer régimen municipal en Salta que vincula de manera directa beneficios tributarios locales con la creación de empleo formal para este grupo. La medida adapta instrumentos ya presentes en otras jurisdicciones, pero los traslada al ámbito de tasas y tributos municipales, un formato que hasta ahora no había sido aplicado de manera específica en la ciudad.
Con la sanción ya concretada, la etapa clave será a posterior analizar qué alcance tendrá en materia de inserción laboral.