Una mujer de 33 años fue imputada por el delito de homicidio preterintencional tras la muerte de la persona que le alquilaba una habitación. El incidente, ocurrido el pasado 25 de febrero, pone de relieve los riesgos latentes en situaciones de convivencia precaria y las posibles consecuencias de una discusión que se salió de control.
El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, formalizó la imputación. La acusada, cuya identidad no fue revelada, se abstuvo de declarar durante la audiencia, contando con la asistencia de un defensor particular.

¿Qué ocurrió en el inquilinato?
Los hechos se desencadenaron en un inquilinato del barrio Ceferino. Una discusión entre la acusada y la víctima, una mujer de 51 años que le alquilaba una habitación, escaló hasta la violencia física. Según la información oficial, la acusada habría propinado un golpe de puño en el rostro a la propietaria, quien cayó al suelo y quedó inconsciente.
Homicidio Preterintencional: ¿Qué significa?
La imputación por homicidio preterintencional, previsto en el artículo 81 inciso b del Código Penal, implica que si bien la intención no era causar la muerte, la acción de la acusada sí la provocó. “Si bien el golpe o empujón no constituyen un medio idóneo para ocasionar la muerte, se produjo el deceso de la mujer de 51 años”.
Este tipo de calificación legal sugiere que la Fiscalía considera que la acusada no buscaba matar a la víctima, pero que su accionar imprudente o negligente tuvo como resultado la trágica muerte.
