Los hermanos López, Ramiro Nicolás (25) y Javier Federico (24), oriundos de El Encón, perteneciente a la localidad de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, corrieron con destinos opuestos tras el fallo del juez Marcelo Rubio, quien de manera unipersonal decidió condenar al segundo a 18 años de prisión y absolver de manera lisa y llana al mayor. La familia de la víctima, María José Cabrera (36) no ocultó su indignación tras el veredicto.
Federico López fue condenado por el delito de homicidio calificado por alevosía y por abuso sexual con acceso carnal en dos hechos, contra Majo Cabrera y A.G. Mientras que su hermano, Ramiro Nicolás, estaba acusado por el delito de homicidio calificado en calidad de partícipe necesario, fue absuelto liso y llanamente. En sus alegatos, la fiscal Sodero Calvet había solicitado que Ramiro López sea condenado a diez años de prisión y su hermano, Federico, a la pena de prisión perpetua.

El hecho y los argumentos
Los hermanos López llegaron a juicio por lo ocurrido el 3 de diciembre de 2023 en Campo Quijano. Según consta en las actuaciones, esa madrugada, el automóvil conducido por uno de los acusados atropelló intencionalmente a María José Cabrera y, seguidamente, con colaboración de su hermano, se dio a la fuga. La víctima falleció días después (20 de diciembre) en el hospital por shock séptico secundario a politraumatismo.
La versión de los imputados, al menos de uno de ellos que antes de los alegatos decidió declarar, defendidos por los letrados Pedro Curotto y María de la Paz Saravia, apuntó a negar los hechos de ese 3 de diciembre. Lo que para los defensores llama la atención es que tratándose de un vehículo tan bajo y con el chasis cerca del piso el peritaje no haya arrojado pruebas contundentes de que realmente la víctima fue arrollada.

La fiscal, Sodero Calvet, por su parte y en relación al agravante del homicidio, remarcó que este caso no se trata de un homicidio simple porque el imputado que conducía el auto Fiat Súper Europa, Federico López, no sólo embistió a Cabrera una vez, sino que sabiendo de su estado de indefensión –ya que la víctima se encontraba debajo del vehículo- le pasó por encima una vez más. Así quedaría configurada la alevosía, pues el autor creó una situación de indefensión de Cabrera durante la agresión, actuó sobre seguro y deliberadamente la arrolló.

La fiscalía sostuvo que el acusado sabía lo que hacía y procedió en consecuencia, más allá del estado en el que pudo encontrarse por el consumo de alcohol. Pidió que tras ser condenado continúe privado de su libertad y, una vez firme la sentencia, sea trasladado a Villa Las Rosas. Además, de realizarse la extracción de material genético.
En relación a Nicolás López, llegó como coimputado, la fiscal sostuvo que, aun cuando iba conduciendo otro vehículo (Ford Escort), detrás de su hermano, facilitó el hecho al acompañar a su hermano en el raid delictivo desde el primer momento. Para la fiscalía, no fue un simple espectador. No disuadió ni auxilió.
Luego del veredicto, el juez Marcelo Rubio hizo lugar a lo solicitado por la fiscal y ordenó que se remitan copias a la Fiscalía que por turno corresponda para que se investigue a las tres mujeres del círculo íntimo de los acusados, quienes viajaban en los autos, por la posible comisión del delito de falso testimonio y por la inacción evidenciada ante la situación de la víctima.
El juicio unipersonal fue presidido por el juez Rubio, la fiscal fue Luján Sodero Calvet. La defensa fue asumida por Curotto y Paz Saravia. En representación de la familia de la víctima toma parte el querellante Diego Torres.