El Juzgado Criminal y Correccional Federal 2 ordenó este miércoles librar un exhorto internacional a los Estados Unidos para solicitar la extradición de Nicolás Maduro Moros, con el objetivo de someterlo a proceso en la Argentina.
La resolución fue firmada este miércoles, en el marco de la causa CFP 2001/2023, donde se investigan presuntos delitos de lesa humanidad.
El tribunal fundamentó la medida al señalar que Maduro “habría sido recientemente detenido en Venezuela y trasladado privado de libertad hacia los Estados Unidos de América”.
La decisión responde a una orden emanada de la Sala I de la Cámara del fuero, que el 23 de septiembre de 2024 había dispuesto detener y recibir declaración indagatoria a Maduro, mandato que fue ratificado recientemente en un incidente el pasado 15 de enero de 2026.
Tratado de Extradición entre Argentina y Estados Unidos
El pedido se ampara en el Tratado de Extradición firmado entre Argentina y Estados Unidos en 1997.
El juzgado encomendó la “urgente traducción” del exhorto y dispuso que el trámite se diligencie a través de la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional de la Cancillería.
Asimismo, el tribunal ordenó notificar lo dispuesto al Departamento de Interpol de la Policía Federal Argentina y a las querellas que impulsan la causa.
En enero, el fiscal federal Carlos Stornelli adhirió al pedido de las asociaciones querellantes y solicitó que la Justicia argentina inicie el procedimiento de extradición activa, para que el ex mandatario sea sometido al proceso penal abierto en el país por presuntos delitos de lesa humanidad.
La presentación fue realizada en el expediente CFP 2001/2023, que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 2, a cargo del juez Sebastián Ramos.
El pedido se sumó a la solicitud formulada por el abogado Tomás Farini Duggan y el legislador porteño Waldo Wolff, en representación del Foro Argentino por la Democracia en la Región (FADER) y la Fundación de Apolo para el Desarrollo Democrático (FADD), ambas querellantes en la causa.
En su escrito, en ese momento, Stornelli sostuvo que “ha tomado estado público la situación de detención que pesa sobre el imputado Nicolás Maduro Moros, en territorio de los Estados Unidos de Norteamérica” y recordó que sobre el ex Presidente venezolano “pesa un llamado a prestar declaración indagatoria con orden de detención vigente”, dictado por el juzgado interviniente en cumplimiento de lo resuelto por la Cámara Federal.
Trámite urgente
En ese marco, calificó el planteo como “urgente” y solicitó que se active el trámite de extradición “a los fines de que sea sometido al presente proceso”.
En septiembre de 2024, Ramos cumplió con lo que le había dispuesto la sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal y ordenó la captura internacional del presidente de la República Bolivariana de Venezuela; de su ministro de Interior y Justicia, Diosdado Cabello; y de otros catorce funcionarios de ese país, para recibirles declaración indagatoria por crímenes de lesa humanidad cometidos de forma generalizada en su territorio contra la población civil desde al menos 2014.
A través de un decreto que remitió a la orden del tribunal superior y sin emitir nuevas valoraciones, el juez notificó a Interpol de la captura internacional con fines de extradición hacia Argentina.
La pesquisa fue abierta en el fuero federal porteño en virtud del principio de jurisdicción universal, previsto en la Constitución Nacional, que permite la persecución subsidiaria de ese tipo de crímenes "contra el derecho de gentes" cometidos en otros países.