En Argentina, el acceso a la información pública está regulado por la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública, que fue sancionada en 2016 y reglamentada en 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri.
La ley permite que cualquier persona, sin necesidad de justificar su interés, solicite información a una amplia gama de organismos estatales, incluyendo la Administración Pública Nacional, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, empresas y sociedades con participación estatal, universidades nacionales, partidos políticos y sindicatos, entre otros.

Si bien esta ley fue sancionada hace casi 10 años, la Provincia de Salta recién adhirió a la misma en 2019 aunque nunca fue reglamentada, pese a que en los considerandos de la norma se establecía claramente:
- Que si bien la Provincia de Salta ha adherido a la mentada ley nacional, a la fecha la misma no cuenta con reglamentación en el ámbito local, resultando necesario, en el marco de las políticas públicas de equilibrio fiscal y propendiendo a la reducción del gasto público y a la transparencia, establecer los mecanismos que aseguren el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública;
- Que, en el orden provincial, se torna esencial disponer de instrumentos normativos que garanticen a la ciudadanía el efectivo ejercicio del derecho consagrado en la ley, mediante su reglamentación, ya que ello refuerza la transparencia institucional, reafirma los principios del sistema republicano y fomenta la credibilidad ciudadana en la gestión estatal;
Este jueves, la vocera de la Gobernación, Paula Benavides, anunció con bombos y platillos que finalmente la Provincia reglamentó dicha norma, esto fue publicado en el Boletín Oficial el pasado 2 de febrero.
La “información pública” se volcará en un portal cuya autoridad de aplicación será la Secretaría de Modernización, y próximamente entará en funcionamiento, mientras tanto, la información que por ahora el ciudadano requiera, se puede solicitar a la mencionada oficina que será a encargada de brindarla.

- Según la ley sancionada en 2016, los organismos tienen un plazo máximo de 15 días hábiles para responder, con posibilidad de una prórroga por otros 15 días en casos excepcionales. El trámite es gratuito, aunque pueden cobrarse los costos de reproducción.
- Existen excepciones limitadas: se puede denegar información por razones de seguridad nacional, secretos industriales o datos personales protegidos.
En conferencia de prensa, Benavides aseguró que el objetivo de este portal es “poner la información que el ciudadano quiere conocer antes que lo tenga que solicitar”, al tiempo que subrayó que: “esto no es un favor de la política sino un derecho del ciudadano, por eso se establece un solo canal de información, para marcar el rumbo que quiere el gobernador Sáenz con menos burocracia”.
Sin embargo, al ser consultada si el portal brindará información de las intendencias, como por ejemplo las declaraciones juradas tantas veces “dormidas” en una práctica casi habitual de las comunas, la vocera aclaró que “cada intendencia tiene su autonomía y las misma deberán adherirse a los lineamientos provinciales para poder conseguir algunos datos puntuales”, es decir que por ahora los intendentes seguirán gozando de vía libre sin dar a conocer en qué gastan los presupuestos, licitaciones, obras, entre otros gastos.

Benavides indicó que mientras tanto, la información que el ciudadano requiera respecto a auditorías, pueden pedirlas mediante la secretaría que dirige Martín Güemes y “esos datos los van a tener”.
Habrá que esperar para comprobar si efectivamente los intendentes “muestran” la información y se adhieren a esta decisión de la Provincia.

