Hace exactamente un año los trabajadores protestaban en las puertas del Instituto Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA), ya que denunciaban desde la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), el despido de 150 trabajadoras y trabajadores, incluidos a quienes aprobaron exámenes de idoneidad.
Las desvinculaciones abarcaron a personal con 27 años de antigüedad, agentes con licencias psiquiátricas e, incluso, a mujeres con hijos menores a un año.
“Si a estas cesantías sumamos el vaciamiento intencional al que ha sido sometida hace un año, podemos sospechar que estamos frente a un proceso de privatización de la obra social estatal más grande del país. Desde que asumió el nuevo Gobierno los ajustes sobre los salarios y el desfinanciamiento de todas las áreas y programas ha sido continuo”, afirmó en ese entonces Rodolfo Aguiar, secretario General de ATE Nacional.
La obra social del personal de las Fuerzas Armadas tiene más de 600.000 afiliados y el promedio salarial de los trabajadores cesanteados era de 500 mil pesos.

Ahora, a un año de aquel temor a la privatización, el Gobierno nacional dispuso la disolución del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y en su lugar la creación de dos nuevas obras sociales diferenciadas para el personal militar y para las fuerzas federales de seguridad. La medida fue adoptada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 88/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y ya se encuentra en vigencia.
Según lo establecido en la norma, el sistema de cobertura sanitaria se reorganizará a partir de la creación de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), que funcionará como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa, y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), que dependerá del Ministerio de Seguridad Nacional y estará destinada al personal de la Gendarmería Nacional Argentina y la Prefectura Naval Argentina.
El Ejecutivo justificó la decisión en la “situación de desequilibrio financiero persistente” que atraviesa el IOSFA, atribuida al incremento sostenido de los costos médico-asistenciales, la heterogeneidad del padrón de afiliados y la amplia dispersión territorial de la cobertura. En ese contexto, el Gobierno consideró que la continuidad del esquema actual podría derivar en una afectación “actual o inminente” del derecho a la salud de los beneficiarios.
De acuerdo con el decreto, las Fuerzas Armadas y las fuerzas federales de seguridad presentan “características funcionales, operativas, demográficas y laborales sustancialmente distintas”, lo que —según el Ejecutivo— justifica la separación de los universos prestacionales y la creación de sistemas de salud específicamente diseñados para cada sector.

Transición y liquidación del IOSFA
La normativa ordena el inicio del proceso de disolución y posterior liquidación del IOSFA, el cual deberá completarse en un plazo máximo de 365 días corridos. Durante ese período de transición, el Gobierno garantizó la continuidad de las prestaciones médicas, especialmente en aquellos casos de tratamientos que no puedan ser interrumpidos.
El Ministerio de Defensa designará un administrador con amplias facultades para llevar adelante el proceso de liquidación, quien contará con la asistencia de una Comisión Especial Ad-Hoc integrada por representantes de los ministerios de Defensa, Seguridad, Salud y Economía, bajo la supervisión de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).
Asimismo, el decreto establece que el personal del IOSFA perteneciente a Gendarmería y Prefectura que se encuentre en comisión o adscripto deberá regresar a sus organismos de origen.

Traspaso de afiliados
El traspaso de los afiliados se realizará en etapas y con plazos diferenciados. En el caso del personal de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa deberá notificar la transferencia a la OSFA dentro de los 60 días corridos desde la entrada en vigencia del DNU. Para las fuerzas federales de seguridad, el Ministerio de Seguridad contará con un plazo de hasta 180 días corridos para concretar el traspaso a la OSFFESEG.
Una vez finalizadas las transferencias, cesarán los aportes al IOSFA y la cobertura sanitaria quedará exclusivamente a cargo de las nuevas obras sociales.
Finalmente, el decreto invoca las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional y remite la medida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre su validez conforme a lo establecido en la Ley 26.122.