PolíticaReforma suspendida por la CGT

Un juez frena la Reforma Laboral por posible inconstitucionalidad: ¿Y ahora cómo siguen los trabajadores?

El juez Raúl Ojeda hizo lugar a una medida cautelar de la CGT y dejó en suspenso la aplicación del grueso de la reforma. El mercado laboral vuelve a regirse por las leyes anteriores, incluyendo las indemnizaciones.

Redacción  Gente de Salta
por Redacción Gente de Salta 30 Marzo de 2026
30 Marzo de 2026
julio Cordero secretario de trabajo
julio Cordero secretario de trabajo (La Política Online)

El gobierno de Javier Milei enfrenta un revés judicial significativo: un juez falló a favor de la CGT y suspendió puntos clave de la reforma laboral. Más de 80 artículos de la Ley 27.802 fueron puestos en pausa al considerar que vulneraban el artículo 14 bis de la Constitución.

El juez Raúl Ojeda, del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, otorgó una medida cautelar a la Confederación General del Trabajo, dejando sin efecto la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral. Esta decisión judicial representa un duro golpe para las aspiraciones del gobierno de Milei en materia laboral.

  • Medida Cautelar: Suspensión provisoria de los artículos cuestionados hasta una sentencia definitiva.
  • Apelación Posible: El Gobierno nacional puede apelar para intentar levantar la suspensión.
  • Primera Victoria de la CGT: Si bien algunos gremios habían frenado artículos específicos, esta es la primera victoria de la CGT contra la reforma general.

marcha reforma laboral

Puntos Clave Suspendidos de la Reforma Laboral

El fallo de Ojeda impacta en varios aspectos centrales de la reforma, incluyendo:

  • Creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Detenida su implementación.
  • Limitaciones al Derecho a Huelga: Suspendidas las restricciones propuestas.
  • Ultraactividad de los Convenios: Se mantiene la vigencia anterior.
  • Derogación de la Ley de Teletrabajo: La ley actual sigue en vigor.

En la práctica, el sistema laboral vuelve al esquema previo a la ley 27.802 en los puntos suspendidos por el juez.

Argumentos del Juez Ojeda

Ojeda argumentó que existen "indicios serios y graves" de inconstitucionalidad, ya que la reforma podría significar una regresión en los derechos laborales individuales y colectivos. Esto justificó la medida cautelar para frenar la implementación de la reforma.

El fallo también reconoce una "verosimilitud del derecho calificada", lo que implica una alta probabilidad de que los planteos de la CGT tengan sustento jurídico en el análisis de fondo. Esto refuerza la posición del sindicato frente a la reforma.

La medida supone la suspensión provisoria de los artículos cuestionados por la CGT hasta que exista sentencia definitiva, pero el Gobierno nacional puede apelar la medida de Ojeda para levantar el freno de la reforma

El principal efecto de la cautelar es la suspensión de las modificaciones centrales a la Ley de Contrato de Trabajo, que eran el eje central de la reforma impulsada por el Gobierno.

Reforma Laboral

Cambios Congelados por la Decisión Judicial

Entre los cambios más relevantes que quedan en suspenso, se encuentran:

  • Reducción del Alcance de la Ley Laboral: Se congela la posibilidad de considerar como "prestadores independientes" a trabajadores de plataformas digitales, protegiendo a miles del trabajo no registrado.
  • Eliminación del Principio "In Dubio Pro Operario": Se mantiene la obligación de interpretar las normas laborales a favor del trabajador.
  • Irrenunciabilidad de Derechos Laborales: Sigue vigente el principio de que los trabajadores no pueden renunciar a derechos superiores a los establecidos por ley o convenio colectivo.
  • Nuevo Esquema de Indemnización por Despido: Se suspende la modificación al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, manteniendo el cálculo indemnizatorio tradicional.
  • Pago de Indemnizaciones en Cuotas: Queda sin efecto la posibilidad de pagar indemnizaciones en cuotas.

El juez advierte que la aplicación de estas modificaciones podría generar "daños irreparables" si la ley fuera finalmente declarada inconstitucional, afectando a millones de contratos laborales.

CGT
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Otras Reformas Laborales Suspendidas

La resolución judicial también suspende reformas que afectaban las condiciones básicas de trabajo, tales como:

  • Banco de Horas: Se frena la creación de "bancos de horas" mediante acuerdos individuales.
  • Fraccionamiento del Período de Vacaciones: Se mantiene la restricción al fraccionamiento de las vacaciones.
  • Nuevo Régimen Salarial: Se suspende la exclusión de conceptos como propinas o beneficios en especie del cálculo salarial.

La cautelar también alcanza a los artículos que modificaban el sistema de negociación colectiva y la organización sindical:

  • Régimen de Ultraactividad de los Convenios Colectivos: Se suspende la reforma que lo modificaba.
  • Aportes Sindicales: Se mantienen las regulaciones actuales sobre los aportes.
  • Asambleas y Medidas de Fuerza: Se suspenden las restricciones propuestas.

El fallo destaca que estas modificaciones podrían afectar el derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, protegidos por la Constitución y tratados internacionales.

Suspensión de la Derogación de la Ley de Teletrabajo

Un punto llamativo es la suspensión de la derogación de la ley de teletrabajo, que se mantiene vigente hasta una sentencia definitiva. El juez argumenta que eliminar esta legislación sin un sistema alternativo podría perjudicar a los teletrabajadores.

La resolución judicial aclara que la suspensión se aplica a todos los trabajadores y empleadores del país, siendo una medida provisoria pero de aplicación inmediata.

El argumento principal del fallo es que la reforma introduce cambios "regresivos" en derechos laborales y que su aplicación, mientras se tramita la causa, podría generar un daño irreversible en millones de relaciones laborales.

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