Desregulación educación privada

Salta: Qué significa habilitar a los colegios a fijar cuotas sin autorización

Mediante un decreto, el Gobierno nacional dispuso derogar una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa.

Por Redacción Gente de Salta

Mediante un decreto, el Gobierno nacional dispuso derogar una normativa que regulaba los precios de las matrícula — (Web)

Este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dio a conocer la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina. 

La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”. 

Gente de Salta se comunicó con el titular del COPRODEC (Consejo Provincial de Educación Católica, Agustín Montiveros, quien sostuvo que por estas hortas analizan si dicho decreto será aplicado en Salta, dado el contexto económico y sin desconocer la realidad de las familias. 

“Se trata de un decreto nacional y cada provincia tiene sus normas. Nosotros estamos a cargo de colegios que intervienen en la educación pública de gestión privada, los que tienen aportes, y están regulados por la normativa provincial”, dijo, y agregó: “Tenemos que recordar que la Nación no tiene colegios, o sea, no existen colegios que dependan del Estado Nacional. Todos dependemos de las provincias”.

Con apenas una mirada a una resolución que se conoció hoy, Montiveros consideró que se trata de una normativa “que está desregulando algo para Capital Federal”, y agregó que “en principio, esto no tiene alcance para los colegios con aportes del Estado, aunque señaló que es necesario “esperar con prudencia para ver cómo se desenvuelve esta noticia a nivel provincial y cómo lo recepta” el gobierno de Salta. 

En contraposición, Pablo Pereyra, presidente de la Asociación de Establecimientos Educativos Privados (Aeepsa), indicó que esta disposición no repercutirá en Salta ya que la situación en Buenos Aires es muy distinta a la provincia. Según explicó, “esta medida tiene que ver más que nada con la realidad de Buenos Aires donde el gran porcentaje de los colegios tiene un aporte estatal, por eso es que ellos ponen un tope y ahora liberan ese tope de cuánto van a cobrar”.  

Y agregó: “Acá en Salta no nos afecta porque además educación depende de la provincia, entonces no hay una limitación y somos muy cuidadosos al momento de definir la cuota”. 

El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”. 

Federico Sturzenegger - ministro de Desregulación de la Nación

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”. 

Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”. 

En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”. 

El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”. 

De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.