Se viene un nuevo reglamento integral para la instalación, inspección y revisión de cilindros, alineado con normas internacionales y con impacto directo en talleres, fabricantes, estaciones de servicio y usuarios.
El organismo dio 90 días para que toda la cadena técnica del sector se adecúe a las nuevas exigencias.
En tanto, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) inició una consulta pública sobre la actualización del "Régimen para Estaciones de Carga de GNC Vehicular" y las "Pautas Mínimas del Seguro de Caución Obligatorio" para este tipo de instalaciones. La medida, oficializada a través de la Resolución 900/2025, busca modernizar la regulación del sector.
El Boletín Oficial de la Nación publicó este viernes que la reforma propuesta tiene como objetivo "mejorar la transparencia y la fiscalización del sistema, fortalecer la seguridad operacional, y la capacidad de respuesta del ENARGAS y de los actores del sector frente a los desafíos actuales de la industria del GNC vehicular".
La consulta pública estará abierta por un plazo de veinte días hábiles administrativos, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial.
Durante este período, los interesados podrán realizar comentarios y observaciones sobre los anexos I y II de la resolución, que detallan el nuevo régimen y las pautas del seguro de caución, respectivamente.
Si bien las opiniones recabadas serán analizadas por el ENARGAS, se aclara que no tendrán carácter vinculante.
El expediente, que contiene la documentación completa, está disponible para su consulta en la sede central del organismo y en sus delegaciones.
La medida se enmarca en las facultades del ENARGAS, establecidas en la Ley Nº 24076, que le otorgan la potestad de dictar reglamentos en materia de seguridad, normas técnicas, medición, facturación y calidad del gas, incluyendo el GNC.
Asimismo, la ley obliga al organismo a asegurar la publicidad de sus decisiones.
La consulta pública se presenta como un instrumento para la "Elaboración Participativa de Normas", buscando involucrar a los actores interesados y al público en general en la actualización del marco regulatorio del gas.
El ENARGAS considera que esta participación contribuye a una mayor eficacia y permite evaluar las modificaciones a introducir en la normativa.
Documentación obligatoria
Uno de los cambios centrales es la obligación de que cada fabricante o importador produzca un Manual de Procedimiento para la Instalación, Inspección y Revisión, documento que será la referencia técnica obligatoria para talleres de montaje (TdM) y Centros de Revisión Periódica de Cilindros (CRPC).
Ese manual deberá detallar desde el equipamiento mínimo hasta los criterios de aceptación y rechazo de daños, contemplando los tres niveles previstos por la Norma IRAM-ISO 19078.
Además, deberá incluir registros fotográficos de los posibles daños, un aspecto inédito en la normativa local.
El ENARGAS también establece responsabilidades precisas para cada actor del sistema: los TdM seguirán a cargo de la inspección anual del cilindro sin desmontaje, mientras que los CRPC deberán realizar la revisión quinquenal con desmontaje, desvalvulado y control exhaustivo de válvulas, espesores y dispositivos de alivio de presión.
Para ambos casos se fijan listas detalladas de equipamiento obligatorio, desde detectores de metano hasta reglas milimétricas, equipos de limpieza interna y prensas de inutilización para cilindros condenados.
Esta iniciativa se produce en un contexto de transición institucional, tras la creación del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD por el Decreto N° 452/2025.
Aunque la nueva entidad aún no ha comenzado a funcionar plenamente, las unidades organizativas del ENARGAS mantienen sus responsabilidades y funciones hasta que se apruebe la nueva estructura orgánica.