La sentencia de 17 años de prisión impuesta a Luciano López por el homicidio simple de cinco víctimas en el mayor siniestro vial registrado en la ciudad, sin dudas, se convirtió en un fallo récord e histórico que, no sólo se enmarcará en la historia judicial local, sino también a nivel nacional.
Sucede que la pena dictada contra López se posicionó en el segundo lugar de la lista de “condenas ejemplares”, publicada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Red Federal, en su sitio web oficial. Dicho catálogo, tiene como eje los casos que llegaron a juicio bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual.
El primer lugar sigue en posesión de la justicia mendocina, en virtud del fallo dictado en torno al mayor accidente con víctimas fatales registrado en esa provincia el 18 de febrero de 2017, cuando un micro de la empresa Turbus, en el que viajaban 40 pasajeros, volcó en una curva de la ruta 7, en la cordillera con Chile.

Según la sentencia a la que arribó el tribunal de la Octava Cámara del Crimen, que tuvo a su cargo el desarrollo del juicio seguido contra el chofer, Francisco Javier Sanhueza, el vuelco se debió a una conducta homicida del conductor, quien conocía la peligrosidad de la ruta, por la cual estaba prohibido conducir a más de 40 kilómetros por hora.
Al momento del accidente, sin embargo, el chofer viajaba a 100 kilómetros y, como era de esperar, en una de las curvas de la ruta, perdió el control y todo terminó en un vuelco, en el que 19 pasajeros murieron, mientras que los otros 21 resultaron con heridas de consideración.
Condena récord
Un año después, el 18 de febrero de 2018, dicha cámara condenó al conductor a la pena de 20 años de prisión, más la inhabilitación absoluta por igual término e inhabilitación especial para conducir automotores como autor culpable y responsable del delito de homicidio simple –19 hechos–, lesiones gravísimas dolosas, lesiones graves–3 hechos– y lesiones leves –18 hechos–, todo en concurso ideal.
El conductor fue condenado a 20 años de prisión por homicidio simple con dolo eventual, ya que el tribunal determinó que conocía el riesgo de conducir a esa velocidad y no tomó precauciones. La defensa apeló la sentencia, pero la Corte la confirmó.

En segundo término, la lista negra, tenía registrado un caso ocurrido el 17 de enero de 2016 en la autopista Panamericana. Por ese hecho, en el que murieron dos jóvenes, Gustavo Federico CusatoTrias fue hallado culpable de conducir borracho y a contramano.
El automovilista condujo su automóvil bajo los efectos del alcohol (1.32 g/l en sangre) y en sentido contrario, lo que resultó en una colisión frontal con una camioneta. En la camioneta viajaban Nicolás Amadini (23) y Leandro Zárate (21), quien perdieron la vida, en tanto, que Victoria Condolucci resultó con lesiones graves que afectaron significativamente su calidad de vida y su capacidad para continuar con su profesión de bailarina.

En el marco de este juicio, el 15 de diciembre de 2017, el Tribunal en lo Criminal Nº1, de San Isidro, condenó al chofer a la pena de 12 años de prisión más las accesorias y costas legales por resultar autor penalmente responsable de los delitos de homicidio – dos hechos- y homicidio en grado de tentativa, en concurso ideal entre sí, a título de dolo eventual.
Salta presente
Este puesto, sin embargo, quedó ahora en manos de la justicia salteña, en razón de la condena impuesta ayer a Luciano López autor de los delitos de homicidio simple (5 hechos), lesiones graves (2 hechos) y lesiones leves (2 hechos), en concurso ideal. Asimismo, cabe señalar que resultó absuelto de lesiones leves en relación a dos hechos por retiro de la acusación fiscal.
La sentencia fue dictada por el tribunal de juicio, integrado por la jueza Gabriela Romero Nayar (presidenta), Victoria Montoya Quiroga y Pablo Farah (vocales), quienes condenaron a López a la pena de 17 años de prisión, como responsable por las muertes de Florencia Acosta, Sergio Veisaga, Nahuel Brian Digan, Karen Marín y Ruth Tabarcache.

Como en la mayoría de los casos del listado de “condenas ejemplares”, el caso tuvo como eje la figura del homicidio simple por dolo eventual, encuadre que describe la actitud temeraria del chofer, quien, pese a representarse de manera real el riesgo de muerte en el que podría incurrir al conducir ebrio, igualmente incurre en esa conducta homicida.
López conducía a 103,2 km/h en una zona donde el límite es 60 km/h y de solo 20 km/h para quienes salen de boliches. Lejos de ello, el conductor condenado fue más allá, ya que iba al volante con 1,62 g/l de alcohol en sangre, más de tres veces el máximo permitido por ley nacional, agravado en Salta por la normativa de Tolerancia Cero.