Según datos oficiales, difundidos apenas terminó el escrutinio, la participación en el proceso electoral de este domingo fue del 67,85%, uno de los valores más bajos a nivel nacional desde el retorno de la democracia. Con ese número, el ausentismo alcanzó el 32,15% y sobre las 35.987.634 del padrón, se puede concluir que 11.570.024 electores decidieron no votar.
En tanto, en la provincia, la participación llegó al 65,53%, votos de los cuales solo el 97,05% fueron válidos según datos oficiales, mostrando una baja concurrencia a los lugares de voto. Es decir, más de 350 mil salteños decidieron no emitir su voto.
De los votos el 9,55% de los salteños decidió votar en blanco, siendo un total de 67.852 de los sufragantes.
Los votos nulos, aquellos emitidos mediante boleta no oficializada, sumaron el 2,52% de los votos llegando a los 17.960.
El 0,23%, es decir 1.610 votantes, dieron voto recurrido, que son aquellos cuya validez o nulidad fue cuestionada en el escrutinio de mesa por algún fiscal, mientras que los votos impugnados fueron 1.680, siendo el 0,23%.
Tipos de voto
El sistema de votación con la Boleta Única de Papel incluye a los votos afirmativos, en blanco, nulos e impugnados.
El voto afirmativo se produce cuando el elector marca una única opción en la categoría correspondiente, seleccionando la lista y candidatos de su preferencia conforme a lo que establece la BUP. Según la información oficial, la validez del voto depende de que solo una casilla por categoría figure marcada: una para Diputados y otra para el Senado en los distritos en los que corresponde elegir ambas cámaras.
Cualquier marca que distinga de modo inequívoco la preferencia del votante se considera válida. Puede consistir en una cruz, una tilde u otra señal clara, siempre hecha con la lapicera provista en el cuarto oscuro y sobre la boleta única oficializada. El voto afirmativo implica una manifestación positiva y expresa de la voluntad del votante hacia una propuesta electoral.

No hay un casillero específico para el voto en blanco. Este tipo de voto ocurre cuando el elector no realiza marca alguna en la categoría correspondiente. Por ejemplo, si no se marca ninguna opción en el espacio de Diputados y sí en Senadores, el voto para la Cámara baja se considera en blanco, pero la selección para el Senado permanece válida para esa categoría.
La utilización de la BUP permite esta diferenciación por categorías. En ningún caso el voto en blanco anula las otras selecciones de la boleta. Queda registrado como tal y es computado oficialmente para esa categoría, aunque no beneficia ni perjudica a ninguna lista particular.
Se declara nulo el voto cuando no pueden establecerse válidamente las preferencias del elector según la normativa. La ley prevé que el voto será anulado si la persona efectúa más de una marca en una misma categoría, si utiliza una boleta no oficializada, si inserta elementos, manchas o inscripciones que permitan identificar la autoría, o si la marca no resulta clara.
De acuerdo con la Cámara Nacional Electoral, entre las causales más comunes de nulidad se encuentra la selección de dos o más listas dentro de la misma categoría, el uso de lápices u otros elementos no permitidos para marcar, y la inclusión de firmas, dibujos o leyendas ajenas al proceso de elección. También la utilización de una boleta distinta a la original entregada en la mesa implica la anulación automática del voto.
Finalmente, el voto recurrido es aquel cuya validez o nulidad fuere cuestionada por las autoridades de mesa o los/as fiscales. Para ello, deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta. En este caso, los sobres en cuestión no deberán ser abiertos ni escrutados en la mesa, sino que se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que esta entidad decida sobre su validez o nulidad.

