EconomíaY el ministro respondió

Ley de Inocencia Fiscal: Contadores salteños cuestionan a Caputo por multas “poco razonables” de hasta 100.000%

El comunicado apunta a los tiempos de presentación y al funcionamiento del sistema fiscal como factores que vuelven inviable el cumplimiento de las obligaciones.

Juan Ancalle
por Juan Ancalle 25 Diciembre de 2025
25 Diciembre de 2025
Luis "toto" Caputo, ministro de economía de la nación.
Luis "toto" Caputo, ministro de economía de la nación. web

El Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Salta se pronunció mediante un comunicado oficial frente a la ley de Inocencia Fiscal que fue sancionada este viernes por el Senado. 

Desde la entidad advirtieron que las multas previstas por incumplimientos formales y por la falta de presentación de declaraciones juradas resultan claramente desproporcionadas y, en muchos casos, materialmente imposibles de cumplir para profesionales y contribuyentes.

Griselda Ricón, presidenta del colegio.
Griselda Ricón, presidenta del Colegio.

Según señalaron, el problema se agrava por el funcionamiento del sistema de la ARCA, que pone a disposición información clave apenas horas antes de los vencimientos

Este lapso resulta claramente insuficiente para procesar, controlar, verificar y presentar la información con la diligencia y rigurosidad que exige la normativa vigente, advierte el documento, al explicar por qué el esquema actual vuelve inviable el cumplimiento en tiempo y forma.

El pronunciamiento, que lleva la firma de su presidenta, la contadora Lucía Griselda Ricón, sostiene que el esquema sancionatorio propuesto desconoce las condiciones reales en las que se desarrolla la labor profesional. 

En ese sentido, remarca que las sanciones no solo castigan económicamente a los contribuyentes, sino que trasladan al contador una responsabilidad que no le es imputable, colocándolo en una situación de imposibilidad material de cumplimiento.

La crítica se apoya, además, en un concepto central del comunicado: el perjuicio económico que generan las multas excede cualquier criterio de razonabilidad y equidad, una definición que explica el tono del reclamo y el pedido de revisión urgente que eleva la entidad.

El proyecto de Ley de Inocencia Fiscal propone una actualización integral del régimen de multas, con el objetivo de que las sanciones dejen de ser meramente simbólicas y vuelvan a funcionar como una herramienta preventiva. Sin embargo, el salto abrupto en los montos encendió alertas entre contadores, pymes y monotributistas, que advierten por el impacto real que tendría la norma en la operatoria cotidiana.

El dato que dispara el reclamo: multas de hasta 100.000%

Uno de los puntos más cuestionados es la denominada multa automática prevista en el artículo 38 de la Ley 11.683, que se aplica simplemente por no presentar una declaración jurada en término. Con la reforma, la sanción para personas humanas pasa de $200 a $220.000, mientras que para personas jurídicas se eleva de $400 a $440.000, lo que implica un incremento superior al 100.000%.

Artículo 15 del proyecto de ley.
Artículo 15 del proyecto de ley que se aplicaría sobre el art. 38 de la normativa vigente.

Si bien se analiza la posibilidad de incorporar un breve período de gracia para subsanar errores, ese mecanismo aún no está garantizado. En la práctica, advierten los profesionales, una demora mínima o una caída del sistema podría derivar en sanciones de casi medio millón de pesos, aun cuando no exista dolo ni evasión fiscal.

Otras sanciones que agravan el escenario

El proyecto también endurece las multas por declaraciones juradas informativas. En el caso de personas humanas, el piso sancionatorio sube de $5.000 a $5 millones, mientras que para personas jurídicas el máximo alcanza los $10 millones.

A esto se suman las sanciones por incumplimiento de requerimientos de información. Si un contribuyente no responde en el plazo fijado por ARCA, las multas pasan a ubicarse entre $150.000 y $2.500.000. En situaciones de resistencia a la fiscalización, el tope puede escalar hasta los $35 millones, cuando antes era de apenas $45.000.

Reformas del proyecto de inocencia fiscal.
Reformas del proyecto de inocencia fiscal.

También se endurecen las sanciones vinculadas a facturación y registración. Multas que antes eran prácticamente simbólicas ahora tienen pisos de $20.000 y techos de varios millones, con la posibilidad de reemplazar clausuras por sanciones económicas elevadas, incluso en el caso de pymes y primeras infracciones.

El eje del planteo de los contadores

Desde el Colegio de Salta remarcaron que el nuevo esquema presenta problemas estructurales. Las multas son automáticas, no contemplan instancias previas de intimación ni mecanismos de condonación en caso de regularización posterior, y aplican el mismo criterio sancionatorio tanto a pymes como a grandes empresas.

"Contrarreloj".
"Contrarreloj".

Además, recordaron que muchos contribuyentes deben presentar entre cinco y nueve declaraciones juradas mensuales, varias de ellas informativas, en un contexto de alta exigencia operativa y sistemas informáticos inestables. En ese escenario, sostienen, el esquema propuesto no fortalece la prevención, sino que expone a profesionales y contribuyentes a sanciones que consideran poco razonables e inequitativas.

La respuesta de Luis Caputo

Tras la difusión de los cuestionamientos formulados por contadores de distintas provincias, el ministro de Economía, Luis Caputo, respondió públicamente y adelantó que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero trabaja en una reglamentación para morigerar el impacto de las multas automáticas previstas en el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal.

Según explicó, la intención oficial es que, una vez vencido el plazo para la presentación de una declaración jurada, ARCA no intime ni aplique la multa de manera inmediata, sino que primero envíe un recordatorio con un plazo de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación. Recién una vez transcurrido ese período, y en caso de persistir el incumplimiento, se avanzaría con la intimación formal y la sanción correspondiente.

El ministro también señaló que el organismo evaluará la cantidad de días de demora para definir el monto de la multa, con el objetivo de distinguir incumplimientos ocasionales de conductas reiteradas y evitar la aplicación automática de sanciones inflexibles. “De este modo se podrá aplicar una multa menor según el caso”, sostuvo.

Desde el Gobierno consideran que esta alternativa permitiría facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin ahogar al sector privado, y Caputo agradeció los reclamos y sugerencias planteados por los profesionales, que derivaron en la revisión del esquema sancionatorio previsto originalmente.

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