La Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta dispuso la creación de un “Libro Especial de Entidades Religiosas”, un nuevo registro destinado a iglesias, confesiones, comunidades y organizaciones religiosas que cuenten con inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 05/2026 y apunta a regularizar la situación administrativa y contable de cientos de entidades religiosas que hasta ahora enfrentaban dificultades para cumplir con las exigencias legales previstas en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Según se detalla en la resolución, el nuevo régimen permitirá que las organizaciones religiosas puedan rubricar libros contables y sociales, realizar trámites registrales y gestionar transformaciones jurídicas sin necesidad de encuadrarse como asociaciones civiles o fundaciones, figuras que históricamente eran utilizadas para obtener personería jurídica.
Desde la Inspección General de Personas Jurídicas explicaron que el Código Civil y Comercial, vigente desde 2015, reconoce expresamente a las iglesias y entidades religiosas como personas jurídicas privadas diferenciadas, aunque hasta el momento no existía en Salta un mecanismo administrativo específico para su registración y control.

La normativa también habilita a asociaciones civiles y fundaciones de carácter religioso a transformarse formalmente en entidades comprendidas en el artículo 148 inciso e) del Código Civil y Comercial, garantizando la continuidad jurídica y patrimonial de las instituciones.
El organismo señaló que actualmente existen más de 500 entidades religiosas registradas en la provincia que podrán acceder al nuevo sistema.

Entre los requisitos establecidos para incorporarse al Libro Especial figuran:
- constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Cultos;
- estatuto o reglamento interno;
- acta de designación de autoridades;
- domicilio legal en la provincia;
- presentación de libros para su rúbrica.
La resolución además fija un plazo de 90 días hábiles para que las entidades religiosas ya registradas puedan incorporarse al nuevo régimen mediante un trámite simplificado.

Desde el organismo remarcaron que la medida no crea una nueva categoría jurídica, sino que organiza administrativamente una figura ya prevista por la legislación nacional, permitiendo que las instituciones religiosas puedan cumplir adecuadamente con sus obligaciones legales y contables.
La Dirección de Cultos tiene su oficina en el Centro Cívico Grand Bourg, tercer bloque, en el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.